PERGAMINO 1482 - TRASCRIPCIÓN Y COMENTARIO
JUAN CARLOS DE LA MATA GUERRA


La Santa Vera Cruz de Benavente, una de las Cofradías más antiguas de España

Concesión de Gutierre de Quiñones, obispo de Libaria, con licencia del obispo de Oviedo, de indulgencias a los que entreguen donativos al hospital de pobres de Benavente, y a María de la Rúa, quién donó unas casas a la Cofradía de la Vera Cruz para construir dicho hospital.
1482, marzo, 25. Benavente (Zamora)
Legajo 379/1  Archivo Municipal de Valladolid

Pergamino 405x215 mm

[anverso]

E nos don Gutierre de Quiñiones, de la horden de Santo Domingo, por la gracia de Dios e de la Santa yglesia de Roma, obispo de Libaria, a todos los fieles christianos de qualquier estado o condiçion que sean asi onbres/ como mugeres, salud en Ihesu Christo, como leamos en el santo evangelio quel fijo de Dios queriendo consolar a sus verdaderos disçipulos e apostolos, los quales temerosos estavan de perder la su pro/xima presençia, por quanto les dezia muchas vezes que avya de padesçer cruel muerte e pasion en el arbol de la Vera crus por el linaje humano, el con grande firmeza les prometio diciendoles/ no aya el temor que con vosotros so(i) e sere fasta la fin. Et esto non embargante se partio de ellos, e esta para sienpre asentado a la diestra del Padre, segun tenemos por articulo de fe e sienpre/ sera e estara con nosotros, en tanto que el mundo durare, presençialmente en sus Santos Sacramentos, ansi de su Santisimo cuerpo cada dia consagrado en los santos altares  como en todos los otros, en me/ moria de todo esto partiendose de nos, segund  dicho es corporalmente, dexonos memoria por que del nos acordasemos de su pendon e Real bandera o estandarte del glorioso arbol de la Vera crus, señal o pintado de las señales de los clavos, asi de sus santas manos como pie, untada e cubierta de grandes arroyos de sangre que salieron a la ora de la muerte, colgado e cruçificado el su Santo cuerpo en ella, por/ lo qual todo el pueblo christiano tiene en grande reverençia e acatamyento a la Vera crus, pues en ella y por ella nos bino tanto bien. E por quanto en los tiempos pasados en esta villa de Benavente algunos/ varones e onbres buenos hordenaron una Santa cofraderia llamada de Santa Crus a reverençia de la Vera crus. E por cuanto Maria de la Rua, muger que quedo de Pedro de Villagarcia, por seviçio de Dios/ e por su anima e dela de su marido e de sus difuntos, da en limosna para la dicha confradia e para facer un ospital en que los pobres miserables sean acogidos e albergados, unas casas e un lagar/ que ella tiene enla colaçion de Sant Iohan del mercado de la dicha villa, e dos camas de ropa en que duerman los dichos pobres despues de sus dias de ella, en tal manera que por los dichos cofrades que agora son/ e fueren de aqui adelante, para siempre jamas non puedan dar nin donar nin vender nin trocar nin canbiar ni etnajenar el dicho ospital, salvo que sienpre sea ospital para los dichos po/bres. E por quanto el abad e confrades de la dicha confradia de la Santa Cruz e por la dicha Maria de la Rua nos fue pedido y rogado que quisiemos partyr con ellos delos tesoros de nuestro Señor/ Yhesu Xpo (Christo), padre e señor, don Alfonso de Palençuela, por la gracia de Dios e de la Santa iglesia de Roma, obispo de Oviedo, confiando de la misericordia otorgamos a qualesquier personas o/ persona, onbres o mugeres de qualquier estado o condiçion que sea, que ayudaren o socorrieren con sus piadosas limosnas para ayuda o reparación del dicho ospital e pobres/ del, les damos e otorgamos quarenta dias de perdon. Otrosi  otorgamos todos los domingos del año e todos los biernes de cuaresma et las fiestas de Santa crus de mayo e de se/tienbre e los dias de nuestra Señora agosto e de setienbre e la candelaria e de março e el dia de Sant Matias a cualquier persona que saliere a la hermita de la dicha cofradia de Santa crus e rezare dos veces el paternoster con el avemaria a reverencia de la Santa Vera crus, el uno por la madre santa yglesia que Dios la quiera conservar e guardar de los turcos enemigos de la/ Santa Fe Catholica, el segundo por nos e por los confrades que agora son e seran dela dicha cofradia, que todos acabemos en su santo serviçio, otros quarenta dias de perdon. Otrosi qualquier/ clerigo o preste de misa, que por ordenacion suya, o fuere llamado, quisiere dezir misa en la dicha hermita, gane quarenta dias de perdon. En testimonio de lo qual mandamos dar esta carta firmada  de nuestro nombre e sellada de nuestro sello, dada en la villa de Benavente a veinte e çinco dias de março, año del nasçimiento de nuestro Señor Ihesu Christo de mil quatroçientos ochenta e dos años.

Gutierre Episcopus Libariensis

 

Cofrade de la Santa Vera Cruz
Programa de 1930

[reverso]

Licençia que alcanzo Maria de la Rua, muger que quedo de Pedro de Villagarcia, de don Gutierre de Quiñones, obispo de Libaria, para hacer una cofradía de la vera + [cruz] y cuarenta días de perdon en muchas fiestas del año a qualquiera que diere limosna al dicho ospital, o visitara la hermita de la vera + (cruz)  y rezare un paternoster una avemaria/ y al clerigo que alli dijere misa 40 dias de perdon// Estas gracias conçedio este Obispo pasado por aqui con licençia del vicario que aqui estaba, por el obispo don Alfonsso de Palenzuela,/ y la dicha Maria de la Rua dio unas cassas y un lagar (d)onde sia fundado parte del hospital.

 

Características y estado de conservación

Se trata de un documento original de 405x215 mm en soporte de pergamino que presenta deterioro en el ángulo derecho (muesca o roto), muestra así mismo marcas de cinco pliegues y restos de manchas de humedad y de herrín u óxido en el ángulo superior derecho. Se observa recosido y cordón en el lado derecho, conservando también resto de la cuerda de la que pendía el sello del documento, que no se ha conservado.

La escritura en que está redactado el diploma corresponde a la letra cortesana del siglo XV, en este caso bastante cuidada y armoniosa dentro de un cierto grado de cursividad. El segundo tipo corresponde a la suscripción autógrafa del otorgante y por ello figura en letra muy cursiva.

Contenido

Se abre con la identificación del personaje que emite y suscribe el documento y la naturaleza o carácter del mismo: “E nos don Gutierre de Quiñones, de la horden de Santo Domingo, por la gracia de Dios e de la Santa yglesia de Roma, obispo de Libaria, a todos los fieles christianos de qualquier estado o condiçion que sean asi onbres/ como mugeres”. Se trata de una licencia de Gutierre de Quiñones, Obispo de Libaria, quien actúa en su calidad de obispo, aunque se encuentre  itinerante o en transito, ya que se indica en la anotación aclaratoria sobre el contenido que aparece en el reverso del pergamino: “Estas gracias conçedio este Obispo pasado por aquí”

Imprecaciones

El documento prosigue a modo de preámbulo o exordio justificativo con un una larga imprecación con alusiones al evangelio y concretamente a la muerte y pasión de Cristo en la Cruz.:“…salud en Ihesu Christo, como leamos en el santo evangelio quel fijo de Dios queriendo consolar a sus verdaderos disçipulos e apostolos, los quales temerosos estavan de perder la  su pro/xima presençia, por quanto les dezia muchas vezes que avya de padesçer cruel muerte e pasion en el arbol de la Vera crus por el linaje humano, el con grande firmeza les prometio diciendoles/ no aya el temor que con vosotros so(i) e sere fasta la fin”. Prosigue el texto aludiendo a la presencia de Cristo hasta el fin de los tiempos fundamentalmente a través de la Eucaristía: “Et esto non embargante se partio de ellos, e esta para sienpre asentado a la diestra del Padre, segun tenemos por articulo de fe  e sienpre sera e estara con nosotros, en tanto que el mundo durare, presençialmente en sus Santos Sacramentos, ansi de su Santisimo cuerpo cada dia consagrado en los santos altares  como en todos los otros,…”.

El texto constituye una hermosa remembranza o síntesis de la pasión y muerte de Cristo a través de su principales símbolos, principalmente al significado que para los cristianos tiene la cruz y la conveniencia de gloriar el árbol de la Santa Vera Cruz: “…en memoria de todo esto partiendose de nos, segund  dicho es corporalmente, dexonos memoria por que del nos acordasemos de su pendon e Real bandera o estandarte del glorioso arbol de la Vera crus”. También con gran lirismo en el léxico empleado se alude a las  señales o llagas de los clavos, y sangre derramada y al cuerpo de Cristo: “… señal o pintado de las señales de los clavos, asi de sus santas manos como pie, untada e cubierta de grandes arroyos de sangre que salieron a la ora de la muerte, colgado e cruçificado el su Santo cuerpo en ella,..”.

Esta parte del texto abunda en la intencionalidad del culto y devoción a la Santa Cruz: “…por lo qual todo el pueblo christiano tiene en grande reverençia e acatamyento a la Vera crus, pues en ella y por ella nos bino tanto bien”. Es por esta devoción por lo cual se instituye en Benavente una cofradía con el objeto de ofrecer culto a la venerada Santa Cruz: “E por quanto en los tiempos pasados en esta villa de Benavente algunos varones e onbres buenos hordenaron una Santa cofraderia llamada de Santa Crus a reverençia de la Vera crus”.

 
HOSPITAL DE LA PIEDAD 1854
Hospital de La Piedad  fundado por los Pimentel
Foto de
Charles Clifford - 1854
 

Donación y fundación del  Hospital de la Vera Cruz

El núcleo principal del documento se refiere a una licencia para instituir un hospital mediante la donación llevada a cabo por la mencionada María de la Rúa. En el mismo se manifiesta como María de la Rúa, viuda de Pedro de Villagarcía, hace donación unas casas y un lagar en la colación o parroquia de San Juan del Mercado de Benavente, con el fin de que en ellas la Cofradía de la Vera Cruz asentase un hospital para acoger a los “pobres miserables”. Igualmente hace donación para dicho hospital de algunos enseres, concretamente de dos camas y sus ropas: “... , e por cuanto Maria de la Rua, muger que quedo de Pedro de Villagarcia, por serviçio a Dios/ e por su anima e dela de su marido e de sus difuntos, da en limosna para la dicha confradia e para hacer un ospital en que los pobres miserables sean acogidos, unas casas e un lagar que ella tiene en la colaçion de Sant Iohan del mercado de la dicha villa”.  En aquella época el concepto de hospital era bien diferente al actual, pues cualquier particular o cofradía podía fundar uno de ellos como obra caritativa particular con escasos medios y dotación. Consistían así la mayoría de ellos en unas casas o habitaciones con unos cuantos camastros y poco más. No era infrecuente que junto a las dependencias hospitalarias existiesen otras como lagares, paneras, establos, huertos e incluso herreñales o solares. Estos se adjudicaban junto a la casa habitación pues solían formar parte de la misma como dependencias anejas, también como medio económico para el sostenimiento del hospital, pues siempre se podía disponer de ellas o incluso alquilarlas y obtener unas rentas para sostenimiento del mismo. Por otra parte la dotación inicial del hospital, según nos revela el texto del documento, y como sucedía en la mayor parte de estas fundaciones medievales, era muy escasa o precaria, ya que tan sólo se mencionan a parte del inmueble y el lagar:“dos camas de ropa en que duerman los dichos pobres despues de sus dias de ella”.

En el documento se establece como condición de la donación que dicho hospital no se pueda vender, trocar ni enajenar, para que así pueda desempeñar siempre su función caritativa: “… en tal manera que por los dichos cofrades que agora son e fueren de aqui adelante para siempre jamas, non puedan dar nin donar nin vender nin trocar nin canbiar ni etnajenar el dicho hospital, salvo que sienpre sea hospital para los dichos pobres,…”. Únicamente se fija como salvedad de que dicha fundación permanezca siempre destinada al servicio de los pobres: “salvo que sienpre sea ospital para lo dichos pobres”. Esta clausula bien pudo dar pie, o al menos hacer posible, que a comienzos del siglo XVI el conde de Benavente pudiese hacerse con los terrenos y casas donde estaba asentado el hospital de la Santa Cruz, frente al convento de San Francisco, para fundar uno nuevo que titulará de la Piedad. Ello presumiblemente sin infringir o alterar la voluntad de la donante ni las condiciones fundacionales del primitivo establecimiento hospitalario.

 

Obispado de Oviedo

Cruz de los Ángeles
Iglesia de Santa María del Azogue

 

Indulgencias

En lo que constituye claramente una segunda parte del documento diferenciada de la anterior, ya casi al final del pergamino, se inserta una carta de indulgencias que otorga el Obispo de Oviedo, a cuya diócesis pertenecía Benavente como parte integrante de la llamada Vicaría de San Millán. Esta demarcación eclesiástica comprendía unos 160 pueblos situados en las riberas del Esla y en la montaña leonesa. Actuaría de esta forma el tal don Gutierre, quien es el que suscribe con su firma únicamente el documento o pergamino, como delegado del obispo de Oviedo, insertando las mencionadas indulgencias. La mayoría de ellas son aplicables a todos aquellos que visitasen o acudiesen a la ermita de la cofradía benaventana de la Vera Cruz. El hecho de que el documento aparezca únicamente suscrito por el mencionado don Gutierre, obispo de Libaria, hace pensar que al menos parte de tales indulgencias, concretamente las que se refieren a la ermita de la cofradía, bien pudieron haber sido concedidas a la cofradía y a su ermita ya con anterioridad por dicho obispo ovetense, Alonso de Palenzuela, el cual aparece mencionado en el documento, pero que en cualquier caso no suscribe con su firma y sello.

El mencionado prelado ovetense otorga, con la intervención y mediación de Don Gutierre de Quiñones, obispo de Libaria, o bien actuando de esta forma mancomunada o por delegación, diversas indulgencias, pues en el texto se señala en plural que  “les damos e otorgamos”. En este sentido Don Gutierre actuaría como delegado o intermediario, pues en el texto a continuación se hace mención por primera y única vez a Don Alonso de Palenzuela, obispo de Oviedo, señalando que se otorgan diversas indulgencias: “Don Alonso de Palençuela, por la gracia de Dios e  de la Santa iglesia de Roma, obispo de Oviedo, confiando de la misericordia otorgamos a qualesquier personas o/  persona, onbres o mugeres de cualquier estado o condiçion que sea, que ayudaren o socorrieren con sus piadosas limosnas para ayuda o reparación del dicho hospital e pobres de el”. De esta forma se plasman en el documento una serie de beneficios espirituales o indulgencias encaminadas no sólo a favorecer la fundación y consolidación del hospital de la Vera Cruz, sino principalmente a la cofradía y a su ermita. Consisten éstas en primer lugar en cuarenta días de perdón a todos aquellos que contribuyan con sus limosnas a la erección y reparación o mantenimiento de dicho hospital. Esta indulgencia concerniente al hospital que se pretende instituir es la única de las relacionadas o concedidas que tiene como objeto exclusivo favorecer al nuevo hospital, pues el resto se refieren o son aplicables a la ermita de la cofradía. La petición o ruego para obtener licencia para la fundación del hospital parte tanto de la propia cofradía como de la donante: “E por quanto el abad e confrades de la dicha confradia de la Santa Cruz e por la dicha Maria de la Rua nos fue pedido y rogado que quisiemos partyr con ellos delos tesoros de nuestro Señor/ Yhesu Xpo (Christo), padre e señor…”.

 

Cuidado de enfermos en un hospital medieval

 

Se otorgan pues diversas indulgencias a quienes lleven a cabo determinadas oraciones o asistan a señaladas festividades en la ermita de la Cofradía de la Vera Cruz. Estableciendo beneficios espirituales tanto para aquellos que ayuden materialmente al hospital y a sus pobres, como a quienes acudan a venerar o reverenciar a la Santa Vera Cruz en su ermita: “…les damos e otorgamos quarenta dias de perdon e asi otorgamos todos los domingos del año e todos los biernes de cuaresma e las fiestas de santa cruz de mayo e de setiembre e los dias de nuestra señora agosto e de setienbre e de la candelaria e de março e el dia de Sant Matias a cualquier persona que saliere a la hermita de la dicha confradia de Santa crus e rezare dos veces el paternoster con el ave maria a reverenciar la Santa Vera crus”. Además de las fiestas principales del culto a la Santa Cruz (3 de mayo y 14 de septiembre) se conceden indulgencias en la festividad de San Matías que se celebra el 14 de mayo. Sin duda una fecha especial en el calendario de celebraciones de la cofradía.

Se fija la forma de obtener tales indulgencias mediante el rezo de determinadas oraciones que se establecen con orden y precisión: “e rezare dos veces el paternoster con el ave maria a reverenciar la Santa Vera Cruz el uno por la santa madre iglesia que Dios la quiera conservar de los turcos  enemigos de la Santa Catholica, el segundo por nos e por los confrades que agora son e seran dela dicha cofradia, que todos acabemos en su santo serviçio, otros quarenta dias de perdon”. También se contemplan indulgencias para los clérigos que oficien misas en la ermita: “Otrosi cualquier clerigo o preste de misa, que por ordenación suya fuese llamado quisiere decir misa en la dicha hermita, gane quarenta dias de perdon”. Mediante estas indulgencias se potencia la devoción, vistas y asistencia a los oficios y celebraciones religiosas que tengan lugar en dicha ermita. Las cuales se hacen particularmente extensivas a los clérigos que oficien en la misma.

La inclusión de estas indulgencias concedidas a quienes visiten la ermita de la Vera Cruz no constituyen pues el cuerpo o texto principal del documento, siendo en todo caso lo más singular y aparentemente lo más novedoso de todo el contenido la licencia para instituir un hospital mediante la donación llevada a cabo por María de la Rúa. Es por ello que se presenta preferentemente en primer lugar dentro del texto y entre las indulgencias concedidas. Tales indulgencias seguramente se inserten en este documento como forma de revalidarlas o confirmarlas, a la vez que con el objeto de favorecer a la cofradía y por ende a su ermita. Indulgencias o beneficios que ahora como novedad se hacen extensivas también a quienes favorezcan al hospital que se pretende crear.

Sintomática del momento y de la época en que se redacta el documento, y por tanto dentro del ámbito de en la historia de las mentalidades, es la alusión o mención a los “turcos”, que por entonces se consideraba eran dueños del Mediterráneo e infringían grandes perjuicios a los cristianos. Se estimaba además en el imaginario colectivo que éstos eran un obstáculo para la propagación de la Fe Católica y la liberación de los Santos lugares, además de ocasionar inseguridad en el mediterráneo a causa de sus frecuentes incursiones en las que asolaban las costas y hacían numerosos cautivos entre los cristianos. Por todo ello la expresa alusión a los mismos en el documento: “…, el uno por la madre santa yglesia que Dios la quiera conservar e guardar de los turcos  enemigos de la Santa Fe Católica”.

El texto concluye con la data, firma y rúbrica episcopal: “dada en la villa de Benavente a veinte e çinco dias de março, año del nasçimiento de nuestro Señor Ihesu Christo de mil quatroçientos ochenta e dos años. Gutierre Episcopus Libariensis”.

 

Santo Domingo, San Nicolás y Torre de San Juan

San Francisco y Hospital de la Piedad.

Detalles obtenidos de la Vista Aérea de Benavente 1932

 

Gutierre de Quiñones, obispo de Libaria

Dificultad se plantea a la hora de identificar al obispo otorgante o signatario del documento y a la mencionada diócesis de Libaria, pues nos se refiere a ninguna de las conocidas en la actualidad. En este sentido y a falta de más informaciones son varias las posibilidades que se pueden apuntar. Podría referirse a una antigua demarcación eclesiástica medieval ya desaparecida, o bien alguna integrada en el obispado de Oviedo, y de la que el mencionado don Gutierre de Quiñones actuase como autoridad. Incluso quizá pudiese hacer alusión o referirse a  la iglesia de Liébana en los Picos de Europa, que era uno de los reductos cristianos durante la alta Edad Media en la península y que eclesiásticamente se integraría en el Obispado de Oviedo.

Otra posibilidad para adscribir o identificar a la mencionada dignidad eclesiástica, es que la misma tuviese un carácter especial. En este caso podría referirse a un cargo vinculado a la orden religiosa dominica, a la que pertenecía el obispo, o incluso a la curia vaticana o a los Santos Lugares. En este caso último la alusión que se hace a “los turcos” tendría su sentido en el discurso o aparato que justifica y adorna retóricamente el texto. Si bien todo esto son hipótesis o posibilidades, ya que desconocemos con certeza que territorio o lugar se refiere tal dignidad episcopal. El hecho de que tal y como se apunta en el texto este obispo perteneciese a una orden regular, concretamente a la de Santo Domingo, la cual, hay que tener en cuenta, poseía además en la villa de Benavente un importante convento, podría explicar la estancia temporal en Benavente del obispo dominico. De hecho son las órdenes religiosas las que mayormente potencian en sus inicios el culto a la Pasión y a la Cruz de Cristo. En cuanto a la defensa  de los Santos Lugares conocemos se ejercía una importante acción desde las órdenes de predicadores y de mendicantes, periódicamente acudían a la villa predicadores y recolectores de bulas de la Santa Cruzada, cuyas limosnas se utilizaban en buena parte para la redención de cautivos.

No era inhabitual que los religiosos pertenecientes al clero regular, sobre todo miembros de la orden mendicante y de la de predicadores, ocupasen sedes episcopales e importantes cargos incluso en la curia. En algún texto encontramos a un tal Don Gutierre al frente de la diócesis palentina en 1489, si bien no figura en episcopologios y las relaciones consultadas.  ¿Podría en este caso referirse al Don Gutierre de Quiñones, obispo de Libaria, que figura en el documento y que ahora apareciese como prelado de la diócesis palentina? ¿O acaso se trata de otro personaje?

 

Escudo episcopal de Don Alfonso de Palenzuela
Obispo de Oviedo 1469-1485

Alfonso Herrera (Fray Alfonso de Palenzuela)
Escudo de los Herrera, Mariscales de Castilla

 

Alfonso de Palenzuela, obispo de Oviedo

Más diáfana se nos presenta la figura de Don Alfonso de Palenzuela, obispo de Oviedo. Fue un religioso franciscano que, tras comenzar como obispo de Ciudad Rodrigo entre 1460 y 1469,  pasó a ser designado obispo mitrado de Oviedo, desempeñando esta dignidad hasta 1485. Concretamente fue obispo de Ciudad Rodrigo desde el día 22 de agosto de 1460 hasta el 20 de octubre de 1469 y de Oviedo desde esta última fecha hasta el 17 de abril de 1485. Perteneciente a la noble y poderosa familia de los Herrera, probablemente ingresó en un convento de la Seráfica Orden existente en su localidad de origen, cambiando su ilustre apellido al tomar los hábitos por el de su lugar de nacimiento. Según algunos episcopologios hizo el número 46 entre los obispos ovetenses.

Alfonso de Palenzuela fue un prelado muy vinculado a la Casa Real Castellana, siendo  confesor de las reinas María e Isabel, esposas de Juan II. A este respecto hay que precisar que diversos autores han destacado que los confesores reales de Castilla, desde Enrique II hasta la llegada al trono de los Borbones, han pertenecido a la orden de Santo Domingo. No obstante, se conoce la presencia de diversos frailes franciscanos e incluso jerónimos, que, en casos muy puntuales, llegaron a obispos, como es el caso de Fray Alonso de Palenzuela. Reconocido consejero y predicador real, sus prédicas fueron seguidas y apreciadas por muchos de sus contemporáneos, como Pedro Carrillo (alguacil mayor de Toledo) y sobre todo por el mismo monarca Juan II. Gozaba de gran prestigio, no solo entre los castellanos que estaban en Roma, como diplomático, hombre de letras y gran orador. Obtuvo el título de capellán pontificio, siendo especialmente valorado entre la curia romana. Fue Fray Alfonso de Palenzuela maestro y amigo de Rodrigo Sánchez de Arévalo, el embajador en Roma de Enrique IV y alcaide de Sant´Angelo, con él compartió alguna misión en la Corte Papal. Precisamente el religioso franciscano actuó en varias ocasiones como delegado regio ante la Santa Sede, entre ellas como comisionado de Enrique IV para presentar obediencia al papa Pio II. Su experiencia diplomática no se limitaba a Roma, ya que ejerció también de embajador en Inglaterra. En cuanto a su posición ante la guerra civil castellana en tiempos de Enrique IV, parece que fue de una actitud de neutralidad al menos en principio, pues antes de la muerte del rey, en 1474, parece ser trabajaba ya en favor de Isabel.
Así en 1473 se encontraba en Roma, donde no está muy claro si actuaba en calidad de embajador del rey que subrepticiamente cumple encargos de la Isabel, o bien interviene directamente como delegado de ésta. En este sentido actúa como emisario entregando una carta al Pontífice Sixto IV y que este responde el 19 de julio de 1474. Palenzuela permanecerá en Roma hasta julio de 1475, momento en que se produce esta embajada de Isabel (La Católica), ya titulada reina.

 

Ermita de la Soledad (Vera Cruz)
Museo de Semana Santa

Escudo Franciscano
Ermita de la Soledad

 

Anotación en su reverso

El pergamino incluye en su reverso una anotación aclaratoria sobre el contenido del mismo. Dicho extracto o anotación es claramente posterior a la fecha de  redacción o ejecución del texto principal recogida en el anverso en letra cortesana, la cual está fechada en 1482. La anotación o comentario, que nos resume brevemente el contenido del texto principal, fue llevada a cabo con mucha posterioridad al texto del documento. Claramente corresponde a un escribano u oficial diferente, ya que se empleó para ello letra cursiva que presenta características más propias de la escritura del siglo XVII. Se trata seguramente de una reseña o extracto sobre el contenido del pergamino realizada para identificar fácilmente el mismo en su archivo.

Dicha anotación que figura en su reverso, viene a ser un extracto del pergamino o pequeño resumen simplificado de su contenido. Resulta éste excesivamente simplificador y también confuso en algún aspecto. Ello toda vez que informa que el documento o pergamino contiene una licencia “para hacer una cofradía de la vera  cruz”, cuando en realidad, como hemos comprobado, incluye una donación y licencia eclesiástica para erigir o fundar un hospital, así como diversas indulgencias en su beneficio. Difiere pues esta interpretación que se nos ofrece en el resumen o extracto del reverso del pergamino, respecto a lo expresado en el texto original y principal del mismo, puesto que en él se expresa claramente que la cofradía ya existía en la fecha en que se otorga la licencia, es decir en 1482: “e por quanto en los tiempos pasados en esta villa de Benavente algunos/ varones e onbres buenos hordenaron una Santa confraderia llamada de la Veracruz…”. Todo ello nos viene a confirmar que la cofradía de la Vera Cruz de Benavente ya existía y estaba asentada en “tiempos pasados”, es decir, con anterioridad a 1482, tal y como se señala expresamente en el documento. Parece aludir con ello a tiempos lejanos o cuando menos no excesivamente recientes o cercanos a la fecha de expedición del documento. Estimamos que podría referirse al menos, a varias décadas antes, lo cual confirmaría que la Cofradía de la Veracruz es una de las más antiguas de España.
 

Noticias del Pergamino en nuestro Blog Plano de Benavente en el Siglo XV